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Para efectos de la evaluación de la eficacia en cada periodo de gobierno se tomará como línea de base la programación de las metas para el cuatrienio realizada por cada entidad territorial. Para ello dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la aprobación de los respectivos planes de desarrollo, según el procedimiento establecido en la Ley 152 de 1994, las gobernaciones y alcaldías, a través de las Secretarías de Planeación o quien haga su veces, deberán reportar en el aplicativo SICEP la información requerida de línea de base, según los lineamientos y orientaciones técnicas y metodológicas del Departamento Nacional de Planeación. En el caso de los municipios dicho reporte se realizará a las Secretarías de Planeación Departamental o quien haga sus veces, con copia al Departamento Nacional de Planeación.
Leer archivo adjunto.
Comunicaciones Federación Colombiana de Municipios